Comisión de Disciplina Judicial ACUERDO GENERAL NÚMERO 3-49/2004, EMITIDO POR EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL DISTRITO FEDERAL, EN SESIÓN DE FECHA QUINCE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL CUATRO, QUE DETERMINA LA CREACIÓN Y COMPETENCIA DE LA COMISIÓN DE DISCIPLINA JUDICIAL Y ESTABLECE LAS REGLAS DE TURNO, SISTEMA DE RECEPCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE LOS ASUNTOS. CONSIDERANDO PRIMERO.- Que con fundamento en los artículos 100, párrafo cuarto y octavo, 122, inciso “C”, BASE CUARTA, fracción II, Constitucionales; 76, 83, párrafos primero y quinto del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 196, párrafo cuarto, inciso a), 200, 201, fracción I, y VI, y 232, de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, el Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, tiene a su cargo, entre otras funciones, la función de disciplina de los servidores públicos del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y del propio Consejo de la Judicatura del Distrito Federal; asimismo, está facultado para expedir acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones. SEGUNDO.- Que con el objeto de equilibrar las cargas de trabajo, y que las labores jurídicas y administrativas se realicen con calidad y eficiencia, en el conocimiento y resolución, en primera instancia, de las quejas que no sean de carácter jurisdiccional, así como de los procedimientos oficiosos, se hace necesario que los Consejeros integrantes del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, a excepción de su Presidente, participen en la Comisión de Disciplina Judicial, divididos en dos Secciones de tres Consejeros cada una, funcionando de manera simultánea. En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales citadas, el Pleno del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal expide el siguiente: ACUERDO PRIMERO.- En términos de lo dispuesto por el artículo 196 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, la Comisión de Disciplina Judicial para su mejor funcionamiento estará integrada por dos Secciones, que se conformaran con tres Consejeros cada una y funcionarán de forma simultánea. Cada Sección será presidida por uno de sus miembros que será electo para tal efecto de manera bimestral. SEGUNDO.- La Sección Primera conocerá de las aperturas de procedimientos de oficio; quejas, así como de la resolución en primera instancia de todos los asuntos cuyos expedientes sean números nones, y en segunda instancia, para efectos del Acuerdo Plenario 25-30/2003, aprobado en sesión de fecha 21 de mayo de 2003, sus integrantes serán ponentes en las resoluciones de los recursos de inconformidad cuyos expedientes sean números pares. TERCERO.- La Sección Segunda conocerá de las aperturas de procedimientos de oficio; quejas, así como de la resolución en primera instancia de todos los asuntos cuyos expedientes sean números pares, y en segunda instancia, para efectos del Acuerdo Plenario 25-30/2003, aprobado en sesión de fecha 21 de mayo de 2003, sus integrantes serán ponentes en las resoluciones de los recursos de inconformidad cuyos expedientes sean números nones. CUARTO.- Los amparos, recursos de revisión y cumplimiento de ejecutorias de juicios de garantías le corresponderán al Consejero que hubiere sido ponente en el procedimiento administrativo de origen. QUINTO.- Con independencia de la integración y funcionamiento de la Comisión de Disciplina Judicial, en los términos señalados en el artículo 199, fracción III de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, los Consejeros, a excepción del Presidente, desahogarán semanariamente y por orden progresivo el trámite de las quejas y procedimientos de oficio hasta ponerlos en estado de resolución, turnándolas al Consejero Ponente de la Sección que corresponda. Correspondiendo al Semanero acordar los escritos y documentos que se hubieren recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal durante la semana que le corresponde. SEXTO.- Para realizar las actividades que le competen, la Comisión de Disciplina Judicial, a través de sus dos Secciones, contará con una Secretaría Técnica que coordinará sus labores. TRANSITORIOS PRIMERO.- Este acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Judicial. SEGUNDO.- Se deja sin efectos el Acuerdo 48-24/2003, emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal en su sesión de fecha treinta de abril de dos mil tres. TERCERO.- Las Secciones que integran a la Comisión de Disciplina Judicial se conformarán de la forma en que actualmente se viene integrando de manera bimestral, constituyendo la primera de ellas la conformada por los Consejeros que en el mes de mayo y junio de dos mil tres dieron inicio a las funciones de dicha Comisión y la segunda por los tres Consejeros restantes. Quedando integrada para el 2004 de la siguiente manera: Comisión de Disciplina Judicial
LIC. MANUEL DÍAZ INFANTE Sección Segunda DR. SERGIO E. CASANUEVA REGUART CUARTO.- Los asuntos que actualmente se encuentran en trámite y que deban ser resueltos, serán turnados en su momento a la Sección que le corresponda conforme al número de expediente respectivo. QUINTO.- Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, así como en el Boletín Judicial del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal. Cúmplase. SEGUNDO.- En cumplimiento a los artículos transitorios publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Asimismo, se autoriza la erogación del gasto que importe la publicación del presente acuerdo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, con cargo a la partida que corresponda. Comuníquese este acuerdo al Coordinador Administrativo de este Órgano Colegiado, para que realice el pago respectivo de la publicación en la Gaceta de cuenta y al Director de Boletín Judicial para que publique el acuerdo de mérito. Cúmplase.------------------------------------------------
|